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26 de abril: Día Mundial de la Propiedad Intelectual

Día Mundial de la Propiedad Intelectual

Se celebra desde el año 2001 en función de la innovación, la creatividad y el impulso e incentivo que proporciona la propiedad intelectual. La fecha para esta celebración, el 26 de abril, fue elegida por ser el día en que entró en vigor en 1970 el Convenio que establece la OMPI.

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), creada en 1967, es el organismo del sistema de organizaciones de las Naciones Unidas dedicado al uso de la propiedad intelectual (patentes, derecho de autor, marcas, diseños: dibujos y modelos, etc.) como medio de estimular la innovación y la creatividad. Su misión es promover la innovación y la creatividad al servicio del desarrollo económico, social y cultural de todos los países, por medio de un sistema internacional de propiedad intelectual equilibrado y eficaz.

El sistema internacional de la propiedad intelectual (PI) fomenta su uso y desarrollo por medio de:

Por propiedad intelectual se entiende lo que tiene que ver con las creaciones de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio.

La propiedad intelectual se divide en dos categorías: la propiedad industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de procedencia; y el derecho de autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseños arquitectónicos. Los derechos relacionados con el derecho de autor son los derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes sobre sus interpretaciones y ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión.

Las innovaciones y expresiones creativas de las comunidades indígenas y locales también constituyen propiedad intelectual, pero al ser «tradicionales» quedan al margen de la protección que confieren los actuales sistemas de PI. El acceso a los recursos genéticos, y a la participación equitativa en los beneficios que de ellos se derivan, también plantea problemas al sistema de PI. En respuesta a esta problemática, la OMPI ha comenzado a ejecutar programas normativos y de fortalecimiento de capacidades con el fin de preparar medidas prácticas y jurídicas que sean equilibradas y adecuadas.