Se celebra desde el año 2001 en función de la innovación, la creatividad y el impulso e incentivo que proporciona la propiedad intelectual. La fecha para esta celebración, el 26 de abril, fue elegida por ser el dÃa en que entró en vigor en 1970 el Convenio que establece la OMPI.
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), creada en 1967, es el organismo del sistema de organizaciones de las Naciones Unidas dedicado al uso de la propiedad intelectual (patentes, derecho de autor, marcas, diseños: dibujos y modelos, etc.) como medio de estimular la innovación y la creatividad. Su misión es promover la innovación y la creatividad al servicio del desarrollo económico, social y cultural de todos los paÃses, por medio de un sistema internacional de propiedad intelectual equilibrado y eficaz.
El sistema internacional de la propiedad intelectual (PI) fomenta su uso y desarrollo por medio de:
- Servicios – sistemas que facilitan la obtención de protección a nivel internacional para las patentes, las marcas, los diseños y las denominaciones de origen, y la solución de controversias de PI.
- Legislaciones – contribuye a desarrollar el marco jurÃdico internacional de la PI en concordancia con las necesidades de la sociedad a medida que éstas evolucionan.
- Infraestructuras – la creación de redes de colaboración y plataformas técnicas, entre las que figuran bases de datos y herramientas gratuitas para el intercambio de información, a fin de compartir conocimientos y simplificar las transacciones de PI.
- Desarrollo – se fortalecen las capacidades de uso de la PI en favor del desarrollo económico.
Por propiedad intelectual se entiende lo que tiene que ver con las creaciones de la mente: las invenciones, las obras literarias y artÃsticas, los sÃmbolos, los nombres, las imágenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio.
La propiedad intelectual se divide en dos categorÃas: la propiedad industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de procedencia; y el derecho de autor, que abarca las obras literarias y artÃsticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las pelÃculas, las obras musicales, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografÃas y esculturas, y los diseños arquitectónicos. Los derechos relacionados con el derecho de autor son los derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes sobre sus interpretaciones y ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión.
Las innovaciones y expresiones creativas de las comunidades indÃgenas y locales también constituyen propiedad intelectual, pero al ser «tradicionales» quedan al margen de la protección que confieren los actuales sistemas de PI. El acceso a los recursos genéticos, y a la participación equitativa en los beneficios que de ellos se derivan, también plantea problemas al sistema de PI. En respuesta a esta problemática, la OMPI ha comenzado a ejecutar programas normativos y de fortalecimiento de capacidades con el fin de preparar medidas prácticas y jurÃdicas que sean equilibradas y adecuadas.